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En EU, adultos mayores excluidos en servicios bancarios

En EU, adultos mayores excluidos en servicios bancarios
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El presente artículo se centra en cómo la digitalización forzada de los servicios bancarios en los Estados Unidos (EU), crea exclusión y discriminación para la población de adultos mayores, y examina las implicaciones legales y sociales de este fenómeno.

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La era digital ha transformado radicalmente la forma en que interactuamos con el mundo, y el sector bancario no es la excepción. Lo que se promociona como eficiencia y conveniencia aplicaciones móviles, transacciones en línea y chatbots ha creado una profunda brecha para una parte vulnerable de la población: los adultos mayores.

En Estados Unidos, donde la población de personas de 65 años o más asciende a más de 61.2 millones de personas, esta brecha digital genera frustración y vulnera los derechos de esta población a una participación plena y equitativa en la economía.

La brecha digital: un problema generacional

La discriminación no siempre es intencionada. En el contexto de la banca, a menudo se manifiesta a través de la discriminación por edad, que afecta a todos los adultos mayores sin importar su origen.

Estudios de Pew Research Center (2025) han documentado que los adultos mayores en general tienen tasas significativamente más bajas de uso de internet y adopción de teléfonos inteligentes en comparación con las generaciones más jóvenes.

Por ejemplo, en 2024, el uso de internet por parte de los mayores de 65 años era considerablemente menor que en otros grupos demográficos, lo que subraya una desventaja generacional en el acceso y la familiaridad con las herramientas digitales.

Esta brecha no se trata solo de la falta de acceso a la tecnología, sino también de la alfabetización digital. Muchos adultos mayores carecen de la confianza o la capacitación necesaria para navegar por interfaces bancarias complejas, lo que los deja en una posición de fragilidad y vulnerabilidad.

Esta fragilidad no es solo una cuestión de preferencia, sino una barrera funcional que los aísla de servicios esenciales y los hace más propensos a ser víctimas de fraudes en línea, exacerbando su desconfianza en el sistema digital.

La constante evolución de las aplicaciones, con actualizaciones y nuevas funcionalidades que cambian la experiencia de usuario, puede ser abrumadora para quienes no crecieron con estas tecnologías. Esto no es solo una cuestión de preferencia, sino una barrera funcional que los aísla de servicios esenciales.

Adultos mayores: Exclusión bancaria

La exclusión de los servicios financieros digitales viola principios fundamentales de acceso equitativo y derechos humanos. Si bien no existe una enmienda constitucional o ley federal que aborde explícitamente la discriminación bancaria por la falta de uso de aplicaciones digitales, las instituciones financieras transgreden el espíritu de varias legislaciones existentes y violan principios de derechos humanos.

Por ejemplo, la Age Discrimination Act of 1975 protege a las personas mayores en programas que reciben fondos federales, pero no ha sido actualizada para cubrir el espectro completo de la banca digital.

Por otro lado, la Americans with Disabilities Act (ADA) ha sentado un precedente legal importante al dictaminar en varios casos que los sitios web y las aplicaciones deben ser accesibles. Aunque la ADA se enfoca en personas con discapacidades, su aplicación sienta las bases para argumentar que la accesibilidad digital debe ser un derecho universal.

Más allá de las leyes federales, la exclusión digital en el sector bancario es una clara violación de los principios de derechos humanos, como se resalta en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores (OEA, 2015). Este tratado subraya el derecho a la propiedad y al acceso a los servicios sin discriminación.

Cuando un banco obliga a sus clientes a usar una aplicación digital sin ofrecer alternativas viables, está limitando su capacidad para gestionar su patrimonio de manera autónoma. Esto no solo afecta su independencia económica, sino que también atenta contra su dignidad y el derecho a ser reconocidos como personas plenas ante la ley. Esta falta de acceso les impide ejercer control sobre sus finanzas, aumentando su dependencia y vulnerabilidad ante terceros.

La paradoja de los presidentes de Estados Unidos adultos mayores

El debate sobre la inclusión digital y la discriminación por edad adquiere un matiz particular al considerar que el actual presidente de Estados Unidos, Donald J. Trump, es un adulto mayor. Siendo él mismo un miembro de esta generación, se espera que tenga una comprensión inherente de las dificultades y la fragilidad que enfrentan sus pares al ser forzados a usar aplicaciones digitales para servicios esenciales.

Durante su actual mandato, su administración podría centrarse en políticas de desregulación bancaria, pero también tiene la oportunidad de actualizar significativamente leyes como la Age Discrimination Act o promover iniciativas que garanticen que los servicios digitales sean verdaderamente accesibles para toda la población. La fragilidad de los adultos mayores al usar la banca digital es una realidad que debería ser central en la agenda de un presidente que comparte su misma edad.

Sin embargo, las prioridades políticas de su administración a menudo se centran en la economía en general, la inmigración y el comercio, lo que podría dejar en un segundo plano temas específicos como la inclusión digital para los adultos mayores.

Las políticas propuestas en iniciativas como el “Proyecto 2025” de la Heritage Foundation, que a menudo influyen en la agenda presidencial, se enfocan en una reforma radical de las agencias federales, la reducción de la burocracia y la desregulación.

Esto podría resultar en la reducción de programas que benefician a los adultos mayores, o en una menor supervisión de los bancos en cuanto a la accesibilidad. Por lo tanto, aunque el presidente Trump podría ser consciente de los desafíos digitales que enfrenta su generación, la dirección de su gobierno podría no priorizar soluciones específicas para esta problemática.

Por otro lado, la misma paradoja podría servir como un catalizador inesperado. La experiencia personal de un presidente que ha lidiado con la tecnología de una manera distinta a las generaciones más jóvenes podría sensibilizar a su equipo sobre la necesidad de equilibrar la modernización con la accesibilidad universal.

Es posible que, a medida que la población envejece y se vuelve una fuerza política cada vez más influyente, el tema de la inclusión digital gane más peso en la agenda. Esto podría llevar a la creación de políticas que, en lugar de ser meramente desregulatorias, busquen proteger a los consumidores mayores de la exclusión y el fraude digital, promoviendo una banca que sea tanto eficiente como humanitaria.

Leyes que protegen a los adultos mayores en Estados Unidos

En Estados Unidos, varias leyes y regulaciones buscan proteger a los adultos mayores, aunque no todas están específicamente diseñadas para la banca digital. La Age Discrimination Act of 1975 prohíbe la discriminación por edad en programas que reciben asistencia federal, incluyendo algunos servicios de salud y bienestar. Aunque no se aplica directamente a la banca comercial, su espíritu de protección se extiende a la discusión sobre la igualdad de acceso a los servicios.

Una de las legislaciones más relevantes es la Americans with Disabilities Act (ADA). A través de precedentes legales, la ADA se ha interpretado para incluir la accesibilidad digital. Un fallo reciente en un tribunal federal de Minnesota, por ejemplo, dictaminó que los sitios web son considerados “lugares de alojamiento público”, lo que significa que deben ser accesibles para personas con discapacidades. Esta interpretación es crucial porque establece un marco legal para exigir que las aplicaciones y plataformas bancarias digitales sean diseñadas para ser usadas por todos, incluyendo a aquellos con discapacidades visuales, auditivas o motoras, y por extensión, a los adultos mayores que enfrentan desafíos similares con la tecnología.

El criterio jurisprudencial de “impacto desproporcionado”

La obligatoriedad de los servicios digitales por parte de los bancos no ha sido abordada directamente por una ley federal, pero la jurisprudencia ha desarrollado un principio clave: la discriminación por impacto desproporcionado. Este criterio legal se está usando cada vez más para argumentar que, aunque una política no tenga una intención explícita de discriminar (como exigir el uso de una app para todas las transacciones), si esta política tiene un efecto desproporcionadamente negativo en un grupo protegido (en este caso, los adultos mayores debido a la brecha digital y la alfabetización), puede ser considerada ilegal.

El siguiente caso hipotético como Jones v. IBC Bank puede ilustrarlo a usted estimado lector. El demandante, un adulto mayor, podría argumentar que la política del banco de eliminar a todos los cajeros humanos y de obligar a sus clientes a usar su aplicación para depósitos y retiros creaba una barrera discriminatoria que violaba el espíritu de la ADA. Aunque el banco podría argumentar que su política es neutral y que afecta a todos por igual, el tribunal podría fallar que, debido al impacto desproporcionado en una población que históricamente ha tenido menos acceso y comodidad con las tecnologías digitales, la política es intrínsecamente discriminatoria. Este tipo de precedente es lo que establece un criterio legal para futuros casos.

La clave del argumento de impacto desproporcionado es que la intención no es relevante; lo que importa es el resultado. Un banco puede tener como objetivo una mayor eficiencia y ahorro de costos al eliminar el servicio presencial, lo que parece una decisión de negocio razonable.

Sin embargo, si esta decisión resulta en que un 30% de sus clientes mayores de 65 años se ven forzados a cerrar sus cuentas por no poder acceder a sus fondos de manera segura y eficiente, mientras que solo el 5% de los clientes más jóvenes enfrentan el mismo problema, se configura un claro caso de impacto desproporcionado. Esta disparidad en el resultado es la base del argumento legal para que un tribunal ordene al banco a ofrecer alternativas no digitales.

Además, el concepto se conecta directamente con el principio de obligaciones razonables. Los bancos, como instituciones de servicio público, tienen el deber de garantizar un acceso equitativo a sus servicios. La jurisprudencia argumenta que, si bien la tecnología es una herramienta valiosa, no puede ser una barrera. Por lo tanto, un tribunal podría dictaminar que, para evitar el impacto desproporcionado en los adultos mayores, el banco está obligado a proporcionar una alternativa “razonable” que no dependa exclusivamente de una aplicación digital. Esto podría incluir la continuación de los servicios de cajero humano, una línea telefónica con atención personalizada o interfaces de usuario simplificadas para quienes lo necesiten, reafirmando que la innovación no debe sacrificar la inclusión.

El camino a seguir: hacia una inclusión digital responsable

Para construir un futuro financiero justo, es imperativo que los legisladores, los bancos y la sociedad en general reconozcan que la eficiencia sin inclusión es discriminación. Los bancos deben asumir la responsabilidad de ofrecer alternativas viables y seguras, como líneas de asistencia telefónica con personal humano capacitado, tutoriales presenciales en sucursales o en centros comunitarios, e interfaces de aplicaciones más intuitivas. La meta no debe ser forzar la digitalización, sino promover una inclusión digital que empodere a todos los ciudadanos con las herramientas y el apoyo que necesitan.

Solo a través de una colaboración significativa entre el sector bancario, las organizaciones comunitarias y el gobierno, podremos garantizar que la edad no sea una barrera para acceder a un servicio esencial en el siglo XXI. Esto podría incluir la creación de programas de capacitación financiados por el gobierno para adultos mayores, o la implementación de regulaciones que exijan a los bancos mantener opciones de servicio presencial y telefónico para aquellos que no pueden o no desean utilizar las plataformas digitales. La inclusión digital debe ser vista como una obligación social, no como una opción.


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