Desde el pasado cinco de febrero, Día de la Constitución, el Senado de la República tiene en su poder “la iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de no reelección y nepotismo electoral”, contenida en 36 cuartillas y firmada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo.
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En el documento, se asienta que la iniciativa tiene por objeto “prohibir la figura de la reelección inmediata en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos, como se preveía desde su promulgación en 1917 (…). Sin embargo, en el devenir del tiempo, este principio (…) se ha ido desvaneciendo a tal grado que está permitido en nuestro texto constitucional la reelección de ciertos cargos públicos. De ahí la importancia de recuperar nuestra esencia e identidad democrática al prohibir nuevamente la reelección en nuestro sistema político mexicano…”.
Agrega: “El principio de no reelección ha sido esencial en la lucha por frenar la concentración de poder y la perpetuación de la toma de decisiones en manos de una élite política (…). Hasta hace una década la prohibición de la reelección consecutiva permitió una renovación constante de los cuadros de la vida política nacional”.
Luego lamenta: “Sin embargo, en el período neoliberal, se dio un paso atrás en esta lucha (…), se reincorporó la reelección consecutiva para ciertos cargos públicos (…), con la aspiración de favorecer la rendición de cuentas y motivar a quienes ocupan estos cargos a responder a las necesidades de su electorado, ganando su confianza bajo la promesa de un nuevo mandato”.
Y después critica: “Lamentablemente en la práctica dicho propósito no se cumplió. Lejos de fomentar la cercanía de los servidores públicos con las demandas sociales, la reelección consecutiva distorsionó el principio de representación política, pues permitió que ciertas élites se perpetúen en el poder y mantengan el control de cargos públicos estratégicos para avanzar sus propios intereses. Asimismo, en lugar de fomentar la rendición de cuentas, la reelección consecutiva se convirtió en una herramienta de ciertos grupos de poder para negociar y monopolizar la toma de decisiones, sin tomar en cuenta las prioridades y preocupaciones de su electorado, al mismo tiempo que ensanchó la distancia entre las instituciones y la gente, debilitando la democracia. Lo anterior, implica un rompimiento sustancial del principio de representación política y, en consecuencia, una merma para la autodeterminación de nuestro pueblo”.
Otro argumento que refiere para revocar la reelección es el de la inequidad, pues refiere que quien ostenta un cargo público y busca reelegirse, tienen ventajas sobre quien busca el cargo por primera vez, como el acceso a los medios de comunicación y en reconocimiento con la gente.
Añade en este sentido: “La reelección inmediata a un cargo rompe con el principio de igualdad, ya que implica ventaja de una persona servidora pública que se encuentra en funciones, quien tiene acceso a recursos, relaciones con sectores públicos, educativos, empresariales y sindicales (…). Por ello, la prohibición de la reelección inmediata protege el derecho a ser votado en igualdad de condiciones y eleva el ejercicio democrático”.
De esta manera, en su iniciativa la presidente Sheinbaum Pardo establece, en su articulo tercero transitorio, cuándo entrará en vigor esta reforma. Precisa:
“Las reformas a los artículos 59; 115, fracción I, párrafo segundo; 116, párrafo segundo, fracción II, párrafo segundo, y 122, Apartado A, fracción II, párrafo tercero, y fracción VI, párrafo tercero, inciso b), de esta Constitución, respecto de la prohibición de reelección de las personas servidoras públicas en ellas mencionadas, serán aplicables a partir de los procesos electorales, tanto federales como locales, a celebrarse en 2030. En consecuencia, las personas que en 2030 se encuentren ejerciendo cargos públicos a que hace referencia la presente reforma, no podrán postularse para procesos de reelección”.
Está ya, pues, en manos de los senadores esta iniciativa y la decisión de cuándo será dictaminada y sometida al Pleno del la Cámara Alta.